El organismo realizó algunos cambios sobre los requisitos para acceder al bono extraordinario de $10.000.
Este jueves, desde ANSES informaron que hubo algunos cambios respecto de quienes pueden cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia que comenzó a otorgarse este lunes 10 de agosto a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE).
A través de la Resolución 16/2020, publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social estableció: «A fin de poder fortalecer la llegada de esta prestación excepcional a los sectores más vulnerables, deviene necesario introducir ciertas modificaciones».
En este sentido, explicaron que “las personas privadas de la libertad, bajo cualquier modalidad, no están alcanzadas por las previsiones del Decreto N° 310/2020 y su modificatorio, por no reunir la calidad de destinatarios establecida en su artículo 2° (del texto)”.
Además, el documento explica que: “Cuando el o la solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia registrado en la Administración Nacional De La Seguridad Social sea igual al domicilio de sus padres registrado en dicho organismo, el grupo familiar se considerará compuesto por el o la solicitante y sus padres a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el presente.”
Finalmente, se estableció que “Anses requerirá a la Administración Federal De Ingresos Públicos (AFIP) la realización de la evaluación socioeconómica y patrimonial a fin de determinar la pertinencia de cada solicitud”.