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Coronavirus: actividades y servicios que se suman a los ya exceptuados

El Comité Operativo de Emergencia Provincial dispuso un listado de nuevas actividades y servicios que quedarán exceptuados del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La decisión se tomó, luego de evaluar los pedidos de diferentes sectores. En reunión llevada a cabo este viernes por la tarde, los integrantes del COE se reunieron en Casa de Gobierno para ultimar detalles operativos para su aplicación, con la participación de sectores judiciales y legislativos.

Estas nuevas medidas se pondrán en vigencia tras el Decreto del Ejecutivo de la Nación que habilitó a las provincias a definir y decidir sobre las actividades y servicios exceptuados en su jurisdicción.

Las actividades y servicios exceptuados están obligados a cumplir los protocolos sanitarios que rigen en la provincia para evitar la propagación del COVID19. Para poder circular es obligatoria la presentación del Certificado Único para Circulación y carnet de matriculado o DNI.

Quedan también exceptuadas algunas actividades liberales, tales como los servicios de hotelería para dos situaciones específicas, peluquería, personal doméstico y de mantenimiento, sobre todo vinculado a prevención de dengue. 

El secretario general de la Gobernación, Matías Posadas expresó que «gracias al enorme esfuerzo de los salteños podemos avanzar en una nueva serie de excepcones», advirtiendo que «si no asumimos con responsabilidad estos permisos y la situación cambia, el COE puede dejar sin efecto estas excepciones».

Mientras tanto, ya se encuentran en análisis nuevos pedidos elevados al Comité, que deben estar “fundamentados y acompañados de protocolos correspondientes”.

Hotelería, peluquería, personal de casas particulares y servicios de mantenimiento:

En el caso de los establecimientos hoteleros de la provincia, éstos pueden brindar alojamiento a personas que, habiendo retornado a la Provincia de Salta, deban cumplir con la cuarenta obligatoria dispuesta, obligándose a su vez al cumplimiento de todas las normativas vinculadas a la emergencia sanitaria dictadas por los gobiernos nacional y provincial. El alojamiento incluye a aquellos que se encuentren autorizados a circular, por encontrarse cumpliendo con las actividades exceptuadas del aislamiento obligatorio, conforme lo dispuesto por el DNU N° 355/20 y las DA N° 429/2020 y N° 450/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.   

En cuanto a las peluquerías, deberán implementar un sistema de turnos para la atención de sus clientes, pudiendo concurrir sus empleados solo en horario de 14 a 20 hs. Cada municipio garantizará el cumplimiento del Protocolo dispuesto por el Ministerio de la Producción y Desarrollo Sustentable y aprobado por el Ministerio de Salud Pública.

Los trabajadores del régimen especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares podrán, previo acuerdo suscripto con su empleador, y con la emisión de la Declaración Jurada de Circulación, concurrir a realizar sus actividades. Los empleadores deberán establecer cronogramas de prestación de servicios reducidos a los estrictamente necesarios y deberán otorgar los elementos idóneos de limpieza, cuidado, seguridad y prevención, con el objetivo de disminuir el nivel de exposición de estos trabajadores y trabajadoras.

Los servicios de mantenimiento están orientados principalmente para tareas de desmalezado, descacharrado y prevención dengue y plagas.

Entre el listado de las nuevas actividades liberales exceptuadas, se encuentran:

Profesionales matriculados del Consejo de Agrimensores, Ingenieros y Profesiones Afines, COPAIPA; Profesionales matriculados del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Salta; Profesionales matriculados del Colegio de Escribanos de la Provincia Salta; Profesionales matriculados del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta; Profesionales matriculados del Colegio de Psicopedagogos de Salta; Colegio Únicos de Corredores Inmobiliarios de Salta; Profesionales matriculados del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta; Profesionales matriculados del Colegio de Graduados en Nutrición de Salta; Profesionales matriculados del Colegio de Fonoaudiólogos de Salta.

En todos los casos, se aclara que los profesionales de cada área podrá acceder a esta excepción, siempre que cada graduado así lo requiera ante el Consejo Profesional que los nuclea. Además, las actividades y circulación serán en el horario de 14 a 20 horas y sin concurrencia de clientes ni personas ajenas a los estudios de los profesionales, de acuerdo al Protocolo de Acción y Prevención, elaborado por cada Consejo o Colegio Profesional correspondiente y de acuerdo a las normas y pautas implementadas para cada tipo de trabajo a realizar.

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