Un sujeto de 42 años fue condenado a dos años y cuatro meses de prisión condicional por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple (reiterado).

El juez Guillermo Pereyra, vocal de la Sala VI del Tribunal de Juicio, ordenó que el imputado continúe en libertad por la modalidad de cumplimiento de la pena.
En el mismo fallo, el sujeto fue absuelto del delito de coacción en virtud de lo normado por los artículos 482, 484 y 486 y concordantes del Código Procesal Penal. Finalmente, el juez dispuso que se le practique examen genético al condenado para su inscripción en los bancos de datos genéticos que correspondan.
El condenado fue denunciado por su cuñada. La víctima refirió que el imputado es pareja de su hermana mayor. Contó que hace 14 años, cuando ella tenía aproximadamente 6 años de edad, él comenzó a someterla a tocamientos impúdicos. Indicó que convivían en un mismo domicilio y que ella se quedaba sola con el acusado porque el resto de los familiares salían a trabajar. Entonces él aprovechaba para tocarla en sus partes íntimas.
A veces ella se escapaba, se encerraba en el baño o se escondía debajo de una tráfic que tenían para evitar que él la agrediera sexualmente. Otras veces se iba a la calle y se quedaba ahí hasta que llegaba algún familiar.


